REGION | Internacionales | 04/04/2019
La Corte Suprema paraguaya condenó a 45 días de arresto por  “calumnia y faltas contra la disciplina militar” a una teniente de Fragata que reclamó a las Fuerzas Armadas que le garantizara condiciones adecuadas para amamantar a su bebé.
La resolución del máximo tribunal de Paraguay ratificó, así, el fallo que la Suprema Corte de Justicia Militar había dictado en 2017. Carmen Dolores Quinteros Giménez inició su reclamo en 2016, cuando, al regreso a su trabajo tras la licencia por maternidad, la Armada le cambió el puesto en el que revistaba, lo que implicó también modificaciones en las condiciones cotidianas de la tarea, que incluyeron guardias de 24 horas. Como eso le impedía continuar con la lactancia de su hijo, reclamó a las autoridades y señaló que negarle el pedido era una violación de las leyes de protección a la maternidad; por la observación, el comandante de la Armada, quien respondió que se sentía "ofendido" y ella debió pedir disculpas públicas mediante una carta. 

La sentencia del máximo tribunal paraguayo fue resulta con los votos favorables de dos de los tres ministros (Miryam Peña y Luis María Benítez Riera ratificaron la resolución del máximo tribunal militar; Manuel Dejesús Ramírez estuvo en desacuerdo), que avalaron la condena de sanción disciplinaria con arresto de 45 días. 

En 2016, Quinteros Giménez, al regresar de la licencia por maternidad se encontró con que, en lugar de a su cargo de intendente girador de la Dirección del Servicio de Sanidad de la Armada Nacional, debía revistar como intendente girador y comandante de pelotón en la Escuela de Formación de Suboficiales de la Armada. El nuevo puesto le requería realizar guardias de 24 horas y viajar una distancia mayor, por lo que pidió regresar a la situación anterior, que brindaba condiciones adecuadas para seguir amamantando a su bebé. Por ello, Quinteros Giménez pidió al comandante de la Escuela de Formación de Suboficiales de la Armada (EPSOA), capitán de Fragata DEM Walter Díaz, que la exonerara de la guardia de 24 horas que debía cumplir en el nuevo puesto. Para el pedido, Quinteros Giménez se basó en el artículo 14 de la Ley 5508/2015 de la Promoción, protección de la maternidad y apoyo a la lactancia materna.

Sin embargo, como el asesor jurídico Héctor Melgarejo decidió rechazar la solicitud, la mujer recurrió al juzgado de Primera Instancia de la Niñez y la Adolescencia de Luque, a cargo de la jueza Rosalba Garay, que ordenó su desafectación de la guardia. Al mismo tiempo, el reclamo le costó un sumario en su contra por “calumnia y faltas contra la disciplina militar”. El comandante de la Armada, Hugo Scolari, se sintió “ofendido” porque la teniente señalaba que se había violado la ley, y Quinteros Giménez terminó publicando en varios medios una nota en la que se retractaba de sus dichos.

La orden judicial de Garay, que mandaba desafectar a Quinteros Giménez de la guardia, no se cumplió. El comandante de la Armada que le había abierto un sumario sostuvo a través de una carta que Quinteros Giménez no podía ser desafectada del servicio de guardias por las normativas militares legales que rigen al respecto. Finalmente, por considerar que Quinteros Giménez estaba incurriendo en faltas contra el servicio, el Comando de la Armada resolvió aplicarle un arresto disciplinario de 48 horas.