La Corte Suprema suspendió el artículo del DNU 70/23 que derogaba la Ley de Tierras

9 de octubre de 2026

El máximo tribunal dictó una medida cautelar interina. De esta manera se restablecen las restricciones a la compra de tierras por extranjeros.

En un fallo extraordinario, la Corte Suprema suspendió el artículo del DNU 70 que derogaba la Ley de Tierras: dictó una medida cautelar interina y, de esta manera, se restablecen las restricciones a la compra de campos por extranjeros.

El nuevo tratamiento llega después de que la Corte revocara una sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley 26.737, al considerar que el CECIM no tenía legitimación para cuestionar el decreto; ese pronunciamiento resolvió una cuestión procesal y no definió la cuestión de fondo, es decir, la validez del régimen de tierras. Posteriormente, presentaron un reclamo la Asociación Civil Árbol de Pie y las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon.

Para este acuerdo extraordinario la Corte designó como conjueces a Diego Barroetaveña, de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Mendoza.

Además, habilitó días y horas inhábiles; “en atención a las particulares circunstancias de la causa”, con el objetivo de acelerar la definición del planteo.