REGION | Internacionales | 08/07/2021
Las parlamentarias del Mercosur misioneras Cecilia Britto y Julia Argentina Perié emitieron recientemente un comunicado donde detallan las irregularidades que se dieron en el caso de las dos niñas asesinadas en la República del Paraguay el año pasado.

En el dossier, que también lleva la firma de diputadas nacionales, se insta a "esclarecer" este triste hecho.


PARLAMENTARIAS DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

SOBRE HECHOS ACAECIDOS EN LA LOCALIDAD DE YBY YAU, EL 2 DE SEPTIEMBRE DE 2020


Las parlamentarias argentinas abajo firmantes, ante los hechos de público conocimiento ocurridos el 2 de septiembre de 2020 con la muerte de dos niñas argentinas de 11 años, Lilian Mariana Villalba y María Carmen Villalba, en el marco de un operativo de la Fuerza de Tarea Conjunta (FTC) de Paraguay en la localidad de Yby Yau, expresan:


1. El caso, desde sus inicios, ha sido manejado de forma insatisfactoria por parte de órganos del Estado paraguayo: declaraciones contradictorias de autoridades del Estado, el precipitado entierro y quema de vestimentas, que no condice con ningún protocolo vigente como en su principio se declaró, la exclusión de la familia o de autoridades argentinas durante la autopsia luego de la exhumación de los cuerpos, entre otros eventos. Incluso, las investigaciones realizadas en el marco de una carpeta fiscal, según se ha podido relevar, no arroja ningún resultado que lleve a suponer su esclarecimiento.


2. Los hechos en sí son particularmente graves, no sólo desde la privación de la vida de dos niñas por parte de agentes estatales, sino desde el momento en que el Estado paraguayo comunica que tenía información relevada desde sus propios órganos de inteligencia interna sobre la existencia de niños, niñas y adolescentes en el campamento del Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), razón por la cual debería haber adoptado mínimos cuidados y evitar así dicho desenlace. El Protocolo Facultativo de la Convención sobre los Derechos del Niño relativo a la participación de niños en conflictos armados, norma reconocida por nuestros Estados, es claro al señalar que se debe considerar a las niñas y niños como retenidos contra derecho y de ninguna manera considerarlos como “combatientes”.


3. Estos hechos deben ser esclarecidos puesto que, de lo contrario, no solo se abona la impunidad sino que se corre el riesgo que situaciones como la descripta se repitan, dado que, según información oficial, el EPP tendría a más niños, niñas y adolescentes en sus campamentos. Por un lado, se deben emprender medidas de debida diligencia que contemplen las obligaciones internacionales del Estado en la materia, como los contemplados en el Protocolo de Minnesota sobre la Investigación de Muertes Potencialmente Ilícitas de Naciones Unidas. Por otro lado, el Estado debe protección a estos niños, niñas y adolescentes y de ninguna manera debe abandonarlos a la suerte de estar en campamentos de grupos armados expuestos a numerosos peligros, actuando sin las medidas que lleven a proteger sus vidas e integridad física.


4. El manejo de este caso, tanto en su origen como en las gestiones posteriores, no sólo compromete la justicia para estas niñas, las garantías de no repetición para casos similares, la responsabilidad internacional del Estado paraguayo, sino también las relaciones entre dos repúblicas hermanas. Por todos estos motivos, abogamos por su pronto esclarecimiento.


5. Hemos tomado conocimiento de audiencias que la Comisión de Derechos Humanos de la Honorable Cámara de Senadores de Paraguay ha propiciado sobre el tema, en las cuales no sólo han participado órganos públicos sino organizaciones de la sociedad civil, entre ellas la Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay (CODEHUPY) que se ha hecho eco del pedido de que el Equipo Argentino de Antropología Forense, organización científica reconocida a nivel internacional, audite la investigación a fin de redundar en transparentar lo realizado y rectificar lo necesario.


6. Para colaborar con este proceso, pedimos sea considerado en forma simultánea o como alternativa a lo expuesto en el punto anterior in fine, el que los Estados de Argentina y Paraguay soliciten conjuntamente el concurso de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) para que, en ejercicio de sus facultades y atribuciones, convoque a un grupo de expertos que pueda realizar ese trabajo con el fin ya señalado. La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), como órgano autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), busca promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en el continente, y tanto la República Argentina como la República de Paraguay se encuentran relacionadas con dicho órgano. En otros casos de complejidad similar, la CIDH ha acudido al auxilio de países que solicitan y permiten su involucramiento en investigaciones específicas como la que el presente caso plantea.


7. A fin de contribuir a esclarecer los hechos, y en virtud de nuestro mandato como representantes del pueblo argentino y nuestra participación en comisiones referidas a los derechos de la Niñez, las parlamentarias abajo firmantes nos sumamos a los esfuerzos de todas las partes para lograr este esclarecimiento. Asimismo, quedamos a disposición a fin de articular medidas que colaboren con el logro del objetivo planteado, referido tanto a los derechos de las víctimas concretas de estos hechos como de sus víctimas potenciales.


Ante la muerte, sólo a través de la verdad y la justicia se podrá transitar el camino hacia la paz.


 

Diputadas Nacionales:


Bernazza, Claudia Alicia.

López, Jimena.

Russo, Laura.

Vessvessian, Paola.


Parlamentarias del Parlasur:


Britto, Cecilia Catherine.

Corregido, Elena Mercedes.

Perié, Julia.