• La emergencia sanitaria permite establecer un régimen de matriculación y/o certificación de especialidad provisoria para quienes no cuenten con el trámite de su titulación finalizado, reválida de título o certificación de pregrado, grado o posgrado en ciencias de la salud, previa intervención del Ministerio de Educación y con certificación de competencias a cargo de los establecimientos asistenciales que los requieran.
• También se puede contratar a personal de salud jubilado o retirado, y autorizar, en forma excepcional y temporaria, la contratación y el ejercicio de profesionales y técnicos y técnicas de salud, titulados y tituladas en el extranjero cuyo título no esté revalidado o habilitado en la República Argentina.
• La emergencia sanitaria permite a la cartera de Salud autorizar la instalación y funcionamiento de hospitales de campaña o modulares aun sin contar con los requisitos y autorizaciones administrativas previas.
• Se autoriza la reasignación de partidas presupuestarias, por parte de la Jefatura de Gabinete de Ministros, para la implementación de las medidas que fueran necesarias bajo esta emergencia.