El concejal Jair Dib presentó este lunes un proyecto de ordenanza en el Honorable Concejo Deliberante de Posadas que propone obligar a la empresa Servicios de Aguas de Misiones S.A. (SAMSA) a instalar bloqueadores de aire en todas las conexiones domiciliarias de agua potable dentro del ejido de la ciudad.
La iniciativa establece la incorporación de un dispositivo conocido como “Air Lock”, que se colocaría inmediatamente después del hidrómetro. Según se explica en el proyecto, el sistema permite retener el aire que pueda circular por las cañerías y dejar pasar únicamente el agua, evitando que el medidor registre consumos que no corresponden al volumen real suministrado a los usuarios.
El planteo alcanza tanto a conexiones ya existentes como a nuevas instalaciones que se realicen en Posadas. Además, se propone que el costo de adquisición y colocación del dispositivo sea asumido íntegramente por la empresa prestataria del servicio, sin trasladar gastos adicionales a los vecinos.
En los fundamentos de la propuesta, Dib sostuvo que la presencia de aire en las tuberías —provocada por variaciones de presión o interrupciones en la red— puede afectar el funcionamiento de los medidores y generar lecturas que no reflejan con precisión el consumo real. Por ese motivo, consideró que la implementación de estos dispositivos permitiría mejorar la transparencia en la facturación del servicio de agua potable.
El proyecto también indica que, una vez instalados, los bloqueadores de aire pasarán a formar parte de los equipos del sistema de distribución, por lo que su mantenimiento y correcto funcionamiento quedarán bajo responsabilidad de la empresa concesionaria junto con los medidores.
Solo se contemplan excepciones en casos de imposibilidad técnica debidamente comprobada, como redes privadas independientes o situaciones de falta permanente de presión. En esas circunstancias deberá intervenir el Departamento Ejecutivo municipal mediante un informe técnico elaborado junto a la empresa y el ente regulador.
Finalmente, la iniciativa faculta al Ejecutivo municipal a reglamentar la eventual ordenanza y a fiscalizar su cumplimiento, en el marco de las atribuciones que posee el municipio para supervisar la prestación de los servicios públicos en la ciudad.