La decisión fue dispuesta por el juez Pablo Tejada, al considerarla necesaria porque la AFIP temía que la empresa postal continúe con un proceso de endeudamiento y vaciamiento.
El magistrado basó su resolución al haber comprobado que la firma concursada ocultó bienes, omitió informaciones que el juez o el síndico le requerían, incurrió en falsedad y realizó actos en perjuicio evidente de los acreedores.