Nación decretó la prohibición de pirotecnia para actos oficiales e invitó a las provincias a sumarse

29 de diciembre de 2019

El Gobierno decidió prohibir por decreto la compra de pirotecnia de
parte de todo el Sector Público Nacional e invita a provincias a sumarse
a la medida.


A través del decreto 96/2019, publicado en el Boletín Oficial, se determinó: “Prohíbese adquisición y uso de pirotecnia”.


Luego de pasar navidades con pocos heridos en todo el país por el uso
de la piroctenia, se busca que a través de campañas de concientización
se termine con su uso.


“La Constitución Nacional establece en su artículo 41 que todos los
habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para
el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan
las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones
futuras; y tienen el deber de preservarlo”, comienza explicando el
decreto sobre la compra de pirotecnia.


“Que en la Declaración de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre
el Medio Humano -también conocida como Conferencia de Estocolmo-
celebrada en el año 1972, se recomendó que el órgano intergubernamental
competente en las cuestiones ambientales que se establezca dentro del
sistema de las Naciones Unidas tome las medidas pertinentes para la
realización de los estudios precisos sobre la necesidad y las
posibilidades técnicas de elaborar normas internacionalmente aceptadas
para medir y limitar las emisiones de ruido”, explica.


“Que desde hace varios años el ruido se ha convertido en una de las
principales preocupaciones de nuestra vida diaria en virtud de las
consecuencias negativas que la exposición a ciertos niveles puede
ocasionar tanto en el ambiente como en la salud de la población y en la
fauna”, agrega.


En el texto oficial se afirma que “existen diversos estudios
científicos que permiten comprobar que el uso de artículos y artificios
de pirotecnia, de estruendo o sonoros afecta la calidad auditiva de la
población”.


Y en ese sentido añade que por el uso de pirotecnia se ven afectados
“los sectores más vulnerables de la sociedad entre los que se encuentran
los niños y las niñas y los ancianos y las ancianas, así como también a
la fauna y al ambiente en general, por lo que dicha actividad debe
regularse, especialmente en lo que respecta al Sector Público”.


En consecuencia, se decreta: “Prohíbese la adquisición y uso por
parte del Sector Público Nacional, en los términos del artículo 8° de la
Ley N° 24.156, de artículos y de artificios de pirotecnia, de estruendo
o sonoros en los eventos y/o espectáculos que organice”.