El gobierno establece pautas de prevención para el sector hotelero

15 de marzo de 2020

Desde el Ministerio de Turismo de la provincia, difunden una
serie de medidas sanitarias incluidas en el protocolo de acción, destinadas al
sector hotelero.

 

En espacios comunes

 

-Desinfectar: Cada espacio de trabajo y de atención al
público deberá contar con cronogramas intensificados de limpieza y desinfección
de todas las superficies de contacto habitual de los/as trabajadores/as y
huéspedes.

 

– Ventilación: Adoptar las medidas necesarias para la
ventilación diaria y recurrente de espacios comunes. Aquellos espacios comunes
que no cuenten con la posibilidad de cumplir con la ventilación necesaria,
deberán ser restringidos en su uso.

 

-Exhibir en espacios de circulación común información
oficial de prevención y números de teléfono que el Ministerio de Salud de la
Nación y las autoridades locales hayan determinado para la atención de la
problemática del coronavirus.

 

-Ofrecer alcohol en gel en todos los espacios comunes y
garantizar la provisión de todos los elementos para un adecuado lavado de manos
con agua y de jabón en sanitarios.

 

-Organizar el mobiliario de los espacios comunes de forma en
la que exista al menos dos metros de distancia entre mesas, sillones y
cualquier otro dispositivo de reunión entre grupos de personas.

 

-Evitar disponer de cubiertos, platos, vasos, saleros, etc.
en las mesas antes de la llegada de los comensales, para evitar la manipulación
constante de dichos utensilios.

 

Medidas de prevención para el personal

 

-Diariamente los trabajadores/as deberán presentar ante la
institución empleadora una declaración jurada de estado de salud como medida de
control sanitario obligatorio.

 

-En el caso en que se alojen en el hotel turistas
asintomáticos que decidan cumplir con el aislamiento preventivo en el Hotel, el
personal que desarrolle tareas de limpieza y/o asistencia deberá minimizar el
contacto con ellos, en condición de aislamiento. En caso de tener que contactar
de manera cercana (distancia menor a un metro) al huésped lo deberá realizar
utilizando equipo básico de protección personal (barbijo, guantes, antiparras).
La provisión de los elementos del trabajador del hotel deberá ser realizada por
la institución para asegurar las condiciones de higiene y seguridad laboral
correspondientes.

 

-En el caso en que personal tome contacto o haya tomado en
los últimos 14 días con personas clasificadas como “caso confirmado”, deberá
ser evaluado por la autoridad sanitaria local y en caso de clasificarse como
contacto estrecho deberá cumplir con estricto aislamiento domiciliario en el
marco de la licencia excepcional reglamentadas por la Resoluciones 178/2020 y
184/2020 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

 

-Se deberá informar y capacitar a los empleados del hotel en
reconocimiento de síntomas de la enfermedad y de las medidas de prevención del
COVID-19, de acuerdo con la información oficial que comunica el Ministerio de
Salud de la Nación.

 

-Se recomienda hacer extensiva la capacitación a terceros
que no estén vinculados directamente en el hotel, pero presten servicios a los
huéspedes y visitantes como es el caso de transporte de pasajeros, excursiones
y otros servicios turísticos.

 

Medidas de aislamiento de personas provenientes de zonas de
transmisión sostenida sin síntomas de COVID-19

 

-Todas las personas que hayan arribado al país, proveniente
de las zonas transmisión sostenida según lo que establezca la autoridad
sanitaria nacional desde el 12 de marzo hasta la fecha, tendrán que arbitrar
los medios necesarios para su inmediato regreso a su país de origen o deberán
cumplir con las medidas de aislamiento previstas en el Decreto.

 

-Los establecimientos hoteleros pueden negarse a alojar
turistas provenientes de zonas afectadas debido a las facultades establecidas
en el derecho de admisión.

 

-El aislamiento del huésped proveniente de las zonas
afectadas que decida hacer el aislamiento en la Argentina debe hacerse en la
habitación, sin excepción.

 

-Pueden alojarse de forma conjunta los grupos familiares que
lleguen en conjunto y decidan realizar el aislamiento en el país.

 

-El costo del aislamiento estará a cargo del huésped. La
propiedad deberá asegurar la provisión de los elementos que le permitan al
huésped su alimentación, higiene, comunicación y cumplimiento de eventuales
tratamientos por enfermedades preexistentes o adquiridas durante su estadía.
Todos estos gastos serán abonados por el huésped.

 

-Los servicios de alimentación y lavandería de los huéspedes
en situación de aislamiento deberán realizarlos desde el hotel, evitando
cualquier desplazamiento de las personas que cumplen aislamiento. La vestimenta
a lavar, planchar debe ser retirada o entregada al huésped en su habitación. El
procedimiento específico de limpieza y desinfección de la habitación será
efectuado en dos pasos. Primero con agua y detergente, y posteriormente con una
sustancia desinfectante, de acuerdo con lo recomendado por el Ministerio de
Salud de la Nación.

 

-El personal hotelero deberá informar a sus huéspedes la
situación sanitaria nacional y poner a su disposición información consular, así
como ofrecer tomar contacto con los números de consulta del Ministerio de Salud
de la Nación.

 

-En caso en que se identifiquen personas alojadas en el
hotel provenientes de las zonas afectadas que no cumplan y manifiesten no tener
la voluntad de cumplir con dichas medidas de aislamiento el personal hotelero
deberá radicar denuncia penal establecida en los términos del artículo 7 del
decreto de referencia.

 

Temperamento a adoptar ante la presencia de huéspedes con
manifestaciones sintomáticas

 

-Obligación de reportar síntomas: Cada jurisdicción dispone
de mecanismos para cumplir con la obligatoriedad de reportar síntomas. En el
caso en que el personal hotelero tome conocimiento de la presencia de huéspedes
que cumplan con lo indicado en el artículo 7 inciso A, provenientes de
cualquier destino y sea cual sea su nacionalidad, deberá poner en conocimiento
de esta persona la información respecto de los mecanismos establecidos por la
jurisdicción para reportar síntomas.

 

-El establecimiento hotelero deberá contactar a la autoridad
sanitaria jurisdiccional a través del mecanismo establecido por la misma,
propiciando siempre contactos telefónicos que eviten el desplazamiento del
huésped.

 

-Los hoteles no tienen ninguna obligación de alojamiento de
personas sintomáticas.

 

El Ministerio de Turismo de Misiones insta, tanto a
misioneros como a visitantes, a recorrer lugares turísticos con
responsabilidad, cuidando hábitos personales y el entorno: lavarse las manos,
usar alcohol en gel y repelente, toser y estornudar en el pliegue del codo, y
evitar eventos masivos, son las principales recomendaciones.

 

Quienes tengan dudas o presenten síntomas de Dengue o
Coronavirus, se pueden comunicar al 0800 – 444 – 3400.