Bono de Anses: sumarían más de 1 millón de beneficiarios que fueron rechazados para los 10 mil pesos

Escrito por misionesalinstante

30 de abril de 2020

El número de beneficiarios que recibirán el bono de $10.000 que abona la Anses a trabajadores informales, monotributistas
de las categorías más bajas y otros sectores golpeados por las medidas
de distanciamiento social impuestas para enfrentar la pandemia de coronavirus COVID-19 puede ampliarse en un más de 1 millón de personas, debido a la asignación presupuestaria extra que instrumentó el Gobierno.


 


Con las nuevas modificaciones presupuestarias, la Secretaría de Hacienda dispondrá de $89.630 millones para el Ingreso Familiar de Emergencia (IFE), monto suficiente como para beneficiar a 1,1 millón más de personas que solicitaron la asistencia del Estado.


 


De acuerdo a los datos que había dado a conocer la Anses, antes de que le pidieran la renuncia a su titular, Alejandro Vanoli, un total de 7.854.316 personas (entre beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo, la Asignación Universal por Embarazo e inscriptos que cumplen con los requisitos del programa extraordinario) recibirán el beneficio.

El presupuesto asignado alcanza en este caso para 8,9 millones de beneficiarios.


 


Esos resultados iniciales más que duplicaron las expectativas iniciales de que la transferencia llegara a 3,6 millones de familias.
Pero las inscripciones no se terminaron allí. Hubo una prórroga para
que más personas puedan solicitarlo y para que potenciales beneficiarios
que habían sido rechazados tuvieran una segunda oportunidad en caso de que consideraran que cumplían con los requisitos.


 


La segunda oportunidad para calificar al bono de la Anses contó con una aplicación en la página del organismo que permite ingresar un reclamo entre los días 22 de abril y el 20 de mayo, según un cronograma basado en la terminación de los números de documento.


 


Los motivos para un reclamo ante el rechazo original pueden ser
varios. Por ejemplo, fallas en los datos de contacto. También un cambio
de domicilio o de estado civil, dado que la asignación se otorga a
familias y no a personas, en una pareja separada que no informó el
cambio de domicilio alguno de los dos miembros puede haber resultado
rechazado a pesar de Desde el 21 de mayo, los que no pudieron hacer el
reclamo en la fecha que les correspondía podrán volver a intentarlo. De
ese tipo de reclamos, y otras modificaciones menores al universo de
beneficiarios, es que puede salir el aumento en la partida presupuestaria para el bono.


 


La modificación presupuestaria que otorga fondos extra para el IFE fue publicada por la Oficina de Presupuesto del Congreso en su informe Impacto Financiero del COVID-19 al 28 de abril 2020.

Así se hace el reclamo:


– Ingresar a la página anses.gob.ar desde una
computadora o celular a la sección Atención Virtual, donde se puede
hacer el reclamo sobre el IFE de acuerdo al cronograma según la
terminación de tu DNI.


 


– Tener a mano número de CUIL y Clave de la Seguridad Social, que es el código personal para hacer trámites en línea en forma segura. Los que no tienen clave, pueden crearla en la página.


 


– Revisar que los datos de contacto que aparecen en pantalla sean correctos,
ya que las novedades del reclamo se van a recibir por correo
electrónico o mensaje de texto. Para actualizar esos datos, ingresar al
link que aparece en pantalla.


 


– Hacer hace clic sobre “Reclamar beneficio IFE no cobrado”.


 


– Elegir una de las opciones: Trabajador o
trabajadora informal; trabajador y trabajadora de casas particulares;
monotributista social y monotributista de las categorías A y B, según el
caso. De acuerdo a la situación, la Anses puede pedir modificación de
datos personales


 


– Para cambiar fecha de nacimiento, residencia o domicilio, se debe presentar foto de frente y contrafrente del DNI nuevo.


 


– Para cambiar estado civil, se debe presentar foto de frente y contrafrente del DNI nuevo,
testimonio o sentencia de divorcio o inscripción marginal en partida de
matrimonio o, en el caso de separación de hecho, la declaración jurada o
información sumaria judicial o administrativa. O la declaración jurada
de la baja de convivencia.


 


– Se pueden subir los documentos escaneados o sacarles fotografías con un teléfono celular.
Para que la documentación sea aceptada, debe verse en forma clara,
completa y no tener reflejos de luces flash u otras luces que manchen la
imagen.


 


– Una vez adjuntado los archivos, hacer clic en “enviar”.