“No hacer lugar planteo de inconstitucionalidad formulado por el Dr. Mauricio Longin D’Alessandro, letrado defensor de Stefanía Domínguez”, sostiene la resolución que publicó el mismo diario.
Tanto al presidente Alberto Fernández como a Fabiola Yañez y a los nueve invitados a la celebración del 14 de julio de 2020 se les atribuye haber violado la normativa que impedía todo tipo de encuentros sociales, como así también la circulación para toda aquella persona que no haya sido considerada esencial.
D´Alessandro hizo este pedido de inconstitucionalidad y señaló que la firma del DNU restringiendo la libre circulación “transgrede el principio constitucional de legalidad contempladas en la Constitución Nacional”.
El juez de San Isidro recordó que el máximo tribunal, “específicamente reconoció al Estado Nacional atribuciones concurrentes para regular ciertas cuestiones de la salud que atañen a la “prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias”.