“Joel Cibils no está en los padrones de la provincia, por ende, no está habilitado”, reclamó Pastori. “Quien no puede ser elector no tiene capacidad para ser elegido. Cibils se desempeña como Médico de Guardia de la VII Región Sanitaria «Encarnación» dependiente del Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social de la República del Paraguay, identificado bajo el número de cédula de identidad 5.551.397 de dicho país, obviamente diferente al número de DNI argentino”, explicó el legislador.
Pastori advirtió, además, que el Tribunal Electoral de la Provincia “autorizó a competir como candidato a intendente municipal a un candidato oficialista que no tiene domicilio en el país, rechazando la impugnación presentada contra Joel Cibils, candidato oficialista a intendente en la ciudad de Capiovi. “Cibils no figura empadronado como elector en toda la República Argentina, incluso no votó en las PASO, habría hecho un cambio de domicilio a la República del Paraguay. Sin embargo hoy puede ser candidato a intendente, dejando librado así la posibilidad que de aquí en adelante cualquier ciudadano con domicilio por ejemplo en Colombia, México, o cualquier país. Un grotesco y un absurdo total que se da de bruces con la clara norma legal que impide ser candidato a quien no tiene capacidad de ser elector”, reclamó.
“Desconozco cómo se las arregla para cumplir con ambas funciones, máximo cuando una exige dedicación exclusiva. Además hago responsable a los dirigentes del Frente Renovador de la concordia-Frente para la Victoria así como al Tribunal Electoral de tamaña violación a las leyes electorales que nos rigen y les solicito que actúen en consecuencia”, concluyó Pastori.