La medida, justificada en el artículo 48, inciso 10 de la Constitución provincial, marca un cambio de postura respecto a las tres elecciones anteriores, en las que se había autorizado a estos agentes a sufragar mediante resoluciones específicas.
La resolución, formalizada en el Acta Acuerdo Nº 1221, fue firmada el 19 de mayo por el presidente del Tribunal, Dr. Cristian Marcelo Benítez, y los vocales Dr. Augusto Gregorio Busse y Dr. Andrés Poujade. Según explicaron, se dio cumplimiento literal a la norma constitucional, que excluye del padrón a miembros de las fuerzas de seguridad. Las nóminas con los datos de quienes no podrán votar fueron solicitadas a instituciones como la Policía, Gendarmería, Prefectura, Ejército, y el Servicio Penitenciario, y ya se procedió a su «tacha» en los padrones oficiales.
¿Una maniobra para influir en el resultado electoral?
La decisión del Tribunal despertó fuertes críticas y sospechas sobre su intencionalidad política, especialmente porque se da en medio de la campaña electoral y en un contexto sensible: el espacio “Por la Vida y los Valores”, que lleva como primer candidato a diputado provincial al ex policía Ramón Amarilla, denuncia que la medida busca quitarle votos clave de sus colegas de las fuerzas de seguridad. Amarilla está actualmente detenido por una causa de presunta sedición, y su candidatura ha movilizado un fuerte respaldo dentro del sector policial y penitenciario, que sumaría alrededor de 7.000 votantes.
Acción judicial en marcha
Ante la resolución, el abogado y concejal de Montecarlo Lucas Vega, también candidato del mismo espacio, anunció que presentará una demanda judicial para exigir la inconstitucionalidad del artículo 48 inciso 10 y la nulidad del Acta 1221. En un duro comunicado, recordó que esta cláusula fue declarada inconstitucional por el Superior Tribunal de Justicia de Misiones en 2006, en el fallo “Fiscalía de Estado s/ acción declarativa”.
“El Tribunal Electoral desoyó un precedente obligatorio y omitió cualquier control de convencionalidad. Se limitó a citar una norma inválida como si nunca hubiese sido anulada”, cuestionó Vega. Además, denunció que la medida “rompe el principio de sufragio universal, igual y obligatorio”, y “lesiona el derecho humano al voto”, violando tratados internacionales como la Convención Americana sobre Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
“Estamos ante un retroceso inaceptable. Se reinstala una prohibición derogada de hecho desde hace casi dos décadas”, señaló Vega. El abogado confirmó que se planteará la reserva del caso federal, dejando la puerta abierta para que la Corte Suprema de Justicia de la Nación pueda intervenir.
Contexto de fondo
La medida genera aún más controversia al analizar el contexto: la figura de Ramón Amarilla, un ex efectivo con fuerte respaldo en sectores uniformados, detenido por supuesta sedición en lo que muchos consideran una causa política, se ha transformado en símbolo de resistencia para un sector de las fuerzas que siente que el aparato judicial y político los quiere fuera del proceso democrático.
Desde el espacio que lo respalda, aseguran que la resolución del Tribunal es una maniobra para limitar su caudal electoral, sabiendo que las fuerzas de seguridad son uno de los sectores donde más respaldo cosecha su figura.