La presentación, hechar por el abogado Juan Guerrero Iraola, exigió al Poder Judicial una "acción declarativa de incostitucionalidad" y una medida cautelar que detuviera lo actuado por el Gobierno con en los artículos 13, 48 y 51 del DNU 70/2023 --que habilitan a transformar en Sociedad Anómimas las empresas y Sociedades de Estado-- y la resolución del BNA que se apoyaba en el artículado para avanzar en la privatización en 180 días.
La cautelar sostenía que no existía "causa fáctica ni jurídica que lo justifique, ni siquiera en el propio DNU referido" al subrayar que e BNA no es una empresa de Estado sino una entidad autárquica, tal como lo establece se Carta Orgánica, aprobada por Ley 21.799. "Es una lectura errónea e inválida", sostenía la presentación contra la Resolución 348.
El fallo de la Justicia Federal platense avaló ese planteó e indicó que en la propia presentación hecha por el Estado, a través del Procuración General --a cargo de Rodolfo Barra-- se indicó que el DNU 70/2023, en sus considerandos, indicaban la necesidad de modificar, a través del Congreso, la Ley 21.799 del BNA para poder avanzar en la transformación societaria de la entidad.
De hecho, el Gobierno intentó hacerlo a través de la versión ómnibus de la Ley Bases primero e insistió durante la negociada versión que fue votada a fin de año, pero no logró incluir al banco en la lista de empresas a privatizar. Como ocurre ahora con Aerolíneas Argentinas, el jefe de Gabinete, Guillermo Francos, había anticipado que la Casa Rosada iba a "dar el debate otra vez" con el BNA, algo que la resolución 348 intentaba saltear.
Por eso, tras la decisión conocida de la Justicia Federal de La Plata, Palazzo destacó que "el Directorio del BNA no puede avanzar ni en transformar en S.A., ni en ningún intento privatizador, porque solo podrá ser tratado en el ámbito del Congreso" y agradeció "a los compañeros y abogados que llevaron adelante la demanda".