El Instituto Nacional de la Yerba Mate (INYM) dejó oficialmente de tener injerencia sobre la producción y comercialización del sector, tras la publicación de la Resolución 146/2025 en el Boletín Oficial. La medida, firmada por autoridades nacionales, redefine el rol del organismo, que ahora se limitará exclusivamente a tareas de control de calidad, dejando de lado toda facultad regulatoria sobre precios, cosecha o procesos industriales.
Con esta resolución, el Gobierno nacional derogó las normativas 15/2003, 37/2007 y 103/2017, que hasta ahora permitían al INYM establecer pautas vinculadas a los tiempos de cosecha, secanza y documentación de ingresos y egresos de materia prima.
Uno de los cambios más controvertidos es la eliminación de la veda de cosecha y secanza durante octubre y noviembre, lo que traslada a cada operador la responsabilidad de respetar los ciclos biológicos del cultivo. También se suprime el régimen de inhabilitación inmediata para quienes no presenten documentación al momento de una inspección.
El nuevo marco normativo dispone que el INYM no podrá dictar normas que generen distorsiones en los precios ni establecer barreras de entrada al mercado, en línea con la política de “desregulación total” promovida por el Gobierno nacional.
En los considerandos, se argumenta que el objetivo es “simplificar trámites y reducir cargas administrativas”, aunque desde distintos sectores productivos advierten que la medida puede derivar en una pérdida de control sobre la trazabilidad y la sustentabilidad de la yerba mate.
Asimismo, se modificó el régimen de declaraciones juradas: ahora, los operadores que omitan tres presentaciones en el año recibirán una intimación de cinco días hábiles antes de ser inhabilitados, reemplazando las sanciones automáticas previas.