Luego de un fuerte debate en el Congreso en el que se trató Bienes Personales y se dio una apertura al Impuesto a las Ganancias, se dieron a conocer las priemras cifras que serán la base del 2022, a partir de la nueva cuenta llevada a cabo por el Ripte (remuneración imponible promedio de los trabajadores estatales).
Este nuevo índice, por el que entre otras cosas se rigen los alquileres a partir de su nueva legislación, es un indicador mensual que publica el Ministerio de Trabajo y que refleja la variación de los salarios sujetos a aportes de los trabajadores. A partir de esta nómina, el valor para los sueldos se estableció en 50,62%.
Con este nuevo informe, el Gobeirno Nacional adelantó que en el inicio de 2022 deberán pagarán el Impuesto a las Ganancias todos aquellos trabajadores que tengan un salario bruto superior a 225.937 pesos, ya que el índice se toma a partir del piso salarial mensual de $150.000 fijado por la nueva ley.
A partir de los nuevos valores, la cuenta se impone para los salarios mensuales ubicados entre $225.937 y $260.580 brutos. Por otro lado, se destacó que no se descontaráel valor sobre el Sueldo Anual Complementario (o medio aguinaldo) a aquellos trabajadores cuya remuneración promedio mensual del primer semestre no supere los $225.937.
El Poder Ejecutivo mantiene el avance de la medida desde la elevación del piso a $150.000, monto que se estiró hasta $175.000 en septiembre, a través del decreto 620, bajo la forma de un adelanto a cuenta.
Por otro lado, el Ripte tambié se mide sobre el mínimo no imponible, que quedó para 2022 en $252.564,84 por año. Además, por cónyuge se incrementará a $235.457,25 mientras que por hijo es de $118.741,97 y llegará a $237.483,94.